Sobre nosotros
Nuestra historia
D. Ramón Camino Isasmendi, fue Decano de este Colegio hasta 1982
El 25 de mayo de 2025 falleció D. Luis Gonzalo Alvarez Albarrán, que fuera durante más de cuatro décadas decano de este Colegio. Su dedicación y defensa de los derechos de la profesión son ya parte de nuestra historia.
En la actualidad, el día 11 de junio, han tomado posesión los nuevos cargos electos, de la Junta de Gobierno del Colegio de Procuradores de Palencia, presidida por el nuevo Decano D. Pablo Luis Andrés Pastor.
El 31 de julio del 2025 se jubiló Mercedes García Crespo, Merche, nuestra secretaria administrativa tras treinta y ocho años de servicio a este colegio. Su generosidad, dedicación y entrega también forman parte ya de la historia de nuestro Colegio, y así se lo reconocimos los colegiados el pasado día 24 de octubre de 2025, en una emotiva comida homenaje.
Funciones del Colegio de Procuradores
1. Colaborar en el eficaz funcionamiento de la Administración de Justicia.
2. Ostentar la representación del colectivo para el cumplimiento de sus fines, así como la defensa de la profesión ante las Administraciones, Tribunales, entidades y particulares.
3. Organizar y gestionar los servicios del Turno de Oficio y de la Justicia Gratuita.
4. Organizar y velar dentro de su ámbito de competencia territorial el ejercicio de la procura.
5. La recepción de notificaciones y escritos conforme a lo establecido en la LEC, aprobando las normas de funcionamiento dentro del marco legal.
6. Aprobar los presupuestos, regular y fijar las aportaciones de los colegiados.
7. Cumplir y hacer cumplir a los colegiados las disposiciones legales y estatutarias que afecten a la profesión ejerciendo en su caso la potestad disciplinaria.
8. Mediar, previo sometimiento a arbitraje de cuantas cuestiones se susciten entre los colegiados, y de éstos con sus clientes. Y en su caso resolver mediante laudo o dictamen.
9. Emitir informes o dictámenes en procedimientos judiciales o administrativos, que se planteen por esos Organismos, así como en cuestiones relativas a derechos u honorarios que planteen los colegiados.
Junta de Gobierno
Pablo Luis Andrés Pastor
Decano
Ana Rosa Antón Beltrán
Vicedecana
Isabel Abad Helguera
Secretaria
Ana María Reyes González
Vicesecretaria
Miguel Herrero Betegón
Tesorero
Begoña Vallejo Seco
Vocal 1- Palencia
María José García Juarros
Vocal 2 – Carrión de los Condes
Javier Espinosa Puertas
Vocal 3 – Cervera de Pisuerga
Transparencia
Colegiación
A) Certificado del acta de inscripción de nacimiento.
B) Certificado de antecedentes penales del Registro Central de Penados y Rebeldes.
C) Título de Licenciado en Derecho o de Grado en Derecho.
D) Título del Master de Acceso a la Procura.
E) Título de Procurador de los Tribunales.
F) Declaración jurada de tener la ciudadanía española, y de no haber sido procesado ni condenado, según los casos que establece el articulo 9º capitulo I, titulo II del Estatuto General de los Procuradores.
G) Declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que establece el artículo 24º, capítulo II, Titulo II del Estatuto General.
H) Alta en Licencia Fiscal Nacional.
I) Certificado de haber ingresado en la Mutualidad de Previsión de Procuradores ( www.mutuaprocuradores.es ) o bien resguardo de haber sido dado de Alta en la seguridad social o ambas a la vez.
J) Seguro de Responsabilidad Civil
K) Dos fotografías tamaño carnet
L) Fotocopia del DNI
LL) Certificado titularidad bancaria
1) El ejercicio de la función judicial o fiscal, con al desempeño de las funciones de Secretario de los Juzgados y Tribunales y con todo empleo y función auxiliar o subalterna en órgano jurisdiccional.
2) El ejercicio de la abogacía.
3) El desempeño de cargos, funciones o empleos públicos en los órganos institucionales del Estado, de la Administración de Justicia y de las Administraciones Públicas y los Organismos públicos dependientes de ellas.
4) Cualquier empleo remunerado en los Colegios de Procuradores y Abogados.
5) En los supuestos de ejercicio simultáneo con otras profesiones o actividades compatibles, se respetará el principio de inmediación y asistencia a juzgados y tribunales en horas de audiencia.
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